RESOLUCION MINISTERIAL, N° 140-2020-MIDIS, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Aprueban el índice de distribución aplicable para el año 2021 de los recursos que se destinan para financiar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales a nivel nacional-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 140-2020-MIDIS
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 1 de Septiembre de 2020 |
Aprueban el índice de distribución aplicable para el año 2021 de los recursos que se destinan para financiar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales a nivel nacional
Resolución Ministerial
Nº 140-2020-MIDIS
Lima, 1 de septiembre de 2020.
VISTOS:
El Oficio Nº 0259-2020-EF/50.07 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; el Memorando Nº 162-2020-MIDIS/VMPS/DGFIS de la Dirección General de Focalización e Información Social; el Informe Nº 198-2020- MIDIS/VMPS/DGFIS/DDM de la Dirección de Diseño y Metodología de la Dirección General de Focalización e Información Social; el Memorando Nº 415-2020-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 067-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº 267-2020-MIDIS/VMPES/DGFIS-DDM de la Dirección de Diseño y Metodología, el Informe Nº 210-2020-MIDIS/VMPES/DGFIS de la Dirección de Focalización e información Social, el Memorando Nº 164-2020-MIDIS/VMPES del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluación Social; y los Informes Nros. 184 y 236-2020-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; así mismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal;
Que, el artículo 6 de Ley Nº 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, contempla como usuarios de dicho programa a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en período de lactancia, priorizando entre ellos la atención a quienes presenten un estado de desnutrición o se encuentren afectados por tuberculosis; asimismo se indica que, en la medida en que se cumpla con la atención a la población antes mencionada, se mantendrá la atención a los niños de 7 a 13 años, ancianos y afectados por tuberculosis;
Que, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 039-2008, la atención de los usuarios a que se refiere el artículo 6 de la Ley Nº 27470 corresponde a la población en situación de pobreza y pobreza extrema; asimismo, conforme al numeral 2.3 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia Nº 039-2008, la información sobre los usuarios del Programa del Vaso de Leche validada por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba