QUEJA, DE PARTE Nº 549-2017-PUNO, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez de Paz de Única Nominación de Pallalla, Corte Superior de Justicia de Puno-QUEJA-DE PARTE Nº 549-2017-PUNO

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2020

Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez de Paz de Única Nominación de Pallalla, Corte Superior de Justicia de Puno

QUEJA DE PARTE N° 549-2017-PUNO

Lima, doce de febrero de dos mil veinte.-

VISTA:

La Queja de Parte número quinientos cuarenta y nueve guión dos mil diecisiete guión Puno que contiene la propuesta de destitución del señor Juan Hipólito Ccosi Paucar, por su desempeño como Juez de Paz de Única Nominación de Pallalla, Corte Superior de Justicia de Puno, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número diecinueve, de fecha once de diciembre de dos mil dieciocho; de fojas doscientos noventa y ocho a trescientos uno.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la imputación fáctica se circunscribe a que el señor Juan Hipólito Ccosi Paucar, en su actuación como Juez de Paz de Única Nominación de Pallalla, Corte Superior de Justicia de Puno, ha incurrido en falta muy grave prevista en el inciso ocho del artículo cincuenta de la Ley de Justicia de Paz, al haber suscrito dos testimonios de un acto de compraventa de inmueble a favor del señor Héctor Mamani Apaza, los mismos que nunca se realizaron, pues no existe la matriz o ejemplar original de la escritura pública imperfecta en los archivos del despacho del juez de paz investigado, ni en los legajos que obran en su poder.

Segundo. Que de la investigación disciplinaria practicada se han obtenido como elementos probatorios de cargos los siguientes:

i) Testimonio de escritura pública imperfecta de fecha dieciocho de febrero de dos mil ocho, del inmueble denominado “Lote Urbano Manzana J guión dos sobre la avenida Los Incas sin número, ubicado en la Asociación Nuevas Viviendas Panteón Pampa del distrito de Acora, provincia y departamento de Puno”, otorgado por los vendedores señores Valeriano Manuel Cutipa y Gregoria Manuel Ramos a favor del comprador señor Héctor Mamani Apaza, en el cual se consignan como testigos a los señores Wile Calizaya Hanca y Eladio Manuel Ramos, de fojas dos a cinco.

ii) Copia del acta fiscal, de fojas seis a ocho.

iii) Testimonio de escritura pública imperfecta de fecha dieciocho de febrero de dos mil ocho, del inmueble denominado “Lote Urbano Manzana J guión dos sobre la avenida Los Incas sin número, ubicado en la Asociación Nuevas Viviendas Panteón Pampa del distrito de Acora, provincia y departamento de Puno”, otorgado por los vendedores señores Valeriano Manuel Cutipa y Gregoria Manuel Ramos a favor...

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