ORDENANZA, Nº 001-MPCH/A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO - Ordenanza Municipal que Crea la Instancia Provincial de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Chiclayo-ORDENANZA-Nº 001-MPCH/A

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2020

Ordenanza Municipal que Crea la Instancia Provincial de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Chiclayo

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, mediante Oficio N° 007-2020-MPCH/SGCA, recibido el 27 de agosto de 2020)

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 001-2020-MPCH/A

Chiclayo, 29 de enero de 2020

VISTO:

El Informe Legal Nº 1008-2019-MPCH/GAJ de fecha 31 de diciembre de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Informe Nº 437-2019-MPCH/GDS/SGPF, de fecha 01 de agosto de 2019 de la Sub Gerencia de Promoción y Familia, Informe Legal Nº 012-2019-MPCH/GDSyPF/AL–OEBG, de fecha 23 de agosto de 2019, donde la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción de la Familia, Memorando Nº808-2019-MPCH/GDSyPF, de fecha 26 de agosto de 2019, la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción de la Familia y Dictamen de la Comisión de Asuntos Legales Nº 37-2019-MPCH/CAL del 13 de enero de 2020, y a la Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 21 de enero de 2020.

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972;

Que, la Constitución Política del Perú declara en su artículo Nº 1 que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en su inciso Nº 2 garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, condición económica o de cualquier otra índole;

Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado Tratados y Compromisos Internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer-CEDA W; la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional; el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Paré” (1984); entre otros;

Que, la Ley Nº 28983 “Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres”, establece el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos Nacional, Regional y Local, para garantizar a mujeres y...

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