RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 241-2020-MINEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 241-2020-MINEM/DM
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 26 de Agosto de 2020 |
Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Lima, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 242-2020-MINEM/DM
Lima, 26 de agosto de 2020
VISTOS: El Informe Nº 149-2020-MINEM-OGPP/ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 510-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el acápite i, literal p), numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles);
Que, asimismo, la citada disposición normativa señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii; así también, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;
Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en...
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