RESOLUCION MINISTERIAL, N° 00278-2020-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Modifican artículo 4 sobre fecha, horario y modalidad del acto electoral, así como la Convocatoria aprobada por R.M. N° 101-2020-PRODUCE-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 00278-2020-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2020

Modifican artículo 4 sobre fecha, horario y modalidad del acto electoral, así como la Convocatoria aprobada por R.M. N° 101-2020-PRODUCE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00278-2020-PRODUCE

Lima, 20 de agosto de 2020

VISTOS: El Informe Nº 00000023-2020-PRODUCE/DCI-mmoralesc de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad; el Memorando Nº 00000870-2020-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando Nº 00001260-2020-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 00000519-2020/PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas y modificatoria, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, se expidió la Resolución Ministerial Nº 101-2020-PRODUCE, mediante la cual se convoca para el 30 de abril de 2020 a procesos electorales para la elección de los representantes de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE para el año 2020 ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE y el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa – FONDEMI, estableciendo que la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial realiza los procesos electorales antes señalados, de acuerdo a las disposiciones, requisitos y cronograma de acciones y plazos que, en anexo, forman parte integrante de dicha Resolución;

Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) eleva la alerta por el COVID-19 a “nivel muy alto” en todo el mundo tras los casos de brote que se han detectado en más de ciento ochenta (180) países;

Que, posteriormente, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del Coronavirus (COVID-19), orientadas a reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como a mejorar las condiciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR