RESOLUCION SUPREMA, N° 197-2020-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos, venezolano, colombiano y disponen su presentación a Argentina, España y Colombia-RESOLUCION SUPREMA-N° 197-2020-JUS

Fecha de disposición19 Agosto 2020
Fecha de publicación20 Agosto 2020
SecciónSección Única

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 197-2020-jus

Lima, 19 de agosto de 2020

VISTO; el Informe Nº 096-2020/COE-TPC, del 7 de agosto de 2020, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana CARLOS OMAR PAIRAZAMÁN NOMBERTO al Reino de España, formulada por el Séptimo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para que cumpla la condena impuesta por el delito de robo agravado, en agravio de Genaro Alfaro Ramos y otros;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 27 de diciembre de 2019, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana CARLOS OMAR PAIRAZAMÁN NOMBERTO al Reino de España, formulada por el Séptimo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para que cumpla la condena impuesta por el delito de robo agravado, en agravio de Genaro Alfaro Ramos y otros (Expediente Nº 177-2019);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas...

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