RESOLUCION JEFATURAL, Nº 121-2020-ANA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Establecen disposiciones para garantizar la atención de demandas de uso de agua con fines poblacionales en el distrito de Chóchope, provincia y departamento de Lambayeque con recursos hídricos provenientes del acuífero del valle del río Motupe-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 121-2020-ANA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2020

Establecen disposiciones para garantizar la atención de demandas de uso de agua con fines poblacionales en el distrito de Chóchope, provincia y departamento de Lambayeque con recursos hídricos provenientes del acuífero del valle del río Motupe

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 121-2020-ANA

Lima, 12 de agosto de 2020

VISTO:

El Informe Técnico N° 051-2020-ANA-DCERH de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos y el Informe Legal N° 362-2020-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 543-2007-AG, se declara veda para el otorgamiento de nuevos usos de aguas subterráneas, y se prohíbe la ejecución de obras de perforación de nuevos pozos y otras obras de captación de aguas subterráneas, en la zona del acuífero del valle de rio Motupe, en una extensión de 945.42 Km2, que comprende los distritos de Chóchope, Motupe, Jayanca y Salas, y los distritos de Pitipo y Pacora hasta la margen derecha del rio La Leche, de la provincia y departamento de Lambayeque;

Que, la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos en el artículo 15 inciso 6 y el artículo 78, prescribe que la Autoridad Nacional del Agua, tiene como función declarar previo estudio, zonas de veda para proteger o restaurar el ecosistema, y para preservar fuentes y cuerpos de agua, así como los bienes asociados al agua, dictando las medidas pertinentes;

Que, asimismo, el artículo 55 inciso 55.3 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, establece que, al declarar zonas de veda de recursos hídricos, la Autoridad Nacional del Agua debe dictar medidas para satisfacer las demandas de agua para el uso primario y poblacional;

Que, la Resolución Jefatural N° 0327-2009-ANA, ratifica la veda de recursos hídricos en el acuífero del valle del río Motupe, y otras a nivel nacional;

Que, con Resolución Jefatural N° 189-2016-ANA se establece como excepción adicional a la veda en el acuífero del valle del río Motupe, la autorización para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con pozos de reemplazo en caso se produzca la alteración de la calidad del recurso hídrico subterráneo;

Que, con Oficio...

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