RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 091-2020-MDSJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - Aprueban lineamientos de vigilancia, prevención y control de Covid-19 para la regulación de funcionamiento de mercados de abasto y espacios temporales habilitados para el comercio de alimentos ubicados en el distrito de San Juan de Miraflores-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 091-2020-MDSJM
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 29 de Mayo de 2020 |
Aprueban lineamientos de vigilancia, prevención y control de Covid-19 para la regulación de funcionamiento de mercados de abasto y espacios temporales habilitados para el comercio de alimentos ubicados en el distrito de San Juan de Miraflores
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 091-2020-MDSJM
San Juan de Miraflores, 29 de mayo de 2020
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE
MIRAFLORES
VISTOS:
El Informe Nº 031-2020-/GMDS/MDSJM de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social mediante el cual adjunta el proyecto el Decreto de Alcaldía que propone aprobar los lineamientos de vigilancia, prevención y control de Covid-19 para la regulación de funcionamiento de mercados de abasto y espacios temporales habilitados para el comercio de alimentos ubicados en el distrito de San Juan de Miraflores, así como el Informe Nº 241-2020-OAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando de la Gerencia Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º la Constitución Política establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local y como tales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;
Que, el primer párrafo del artículo 46º de la Ley Nº 27972 indica que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1271, se modificó diversas disposiciones de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, para facilitar el desarrollo de actividades económicas y comerciales, a través de la implementación de medidas orientadas a la efectiva simplificación del procedimiento administrativo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento;
Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó el brote del Coronavirus (COVID-19) como una pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;
Que, en ese contexto, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA publicado el 11 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario a partir de la publicación del mencionado Decreto Supremo...
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