RESOLUCION MINISTERIAL, N° 170-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para ser destinados al financiamiento de la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 170-2020-TR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Agosto de 2020

Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para ser destinados al financiamiento de la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19

Resolución Ministerial

Nº 170-2020-TR

Lima, 10 de agosto de 2020

VISTOS: El Memorando Nº 0757-2020-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 0040-2020-MTPE/4/12.03, de la Unidad de Planificación de los Recursos Humanos de la Oficina General de Recursos Humanos; la Hoja de Elevación Nº 0170-2020-MTPE/4/11.1, de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; el Oficio Nº 216-2020-MTPE/3/24.2, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”; el Memorando Nº 0705-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1611-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprueba mediante Resolución Ministerial Nº 301-2019-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2020 por un monto de S/ 306 996 966,00 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, establece que su objeto es reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19; establece que lo normado es aplicable al Presidente de la República, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15,000.00 (QUINCE MIL Y 00/100 SOLES);

Que, el artículo 4 del Decreto de...

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