RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 18-2020-J-ODECMA-CSJLIMANORTE/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Reprograman el Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 18-2020-J-ODECMA-CSJLIMANORTE/PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2020

Reprograman el Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

Oficina Desconcentrada

de Control de la Magistratura

Jefatura

Resolución Administrativa

Nº 18-2020-J-ODECMA-CSJLIMANORTE/PJ.

Independencia, seis de agosto de dos mil veinte.-

VISTOS Y CONSIDERANDO, y;

Primero: Conforme a lo establecido en el inciso 2) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado por Resolución Administrativa Nº 242-2015-CE-PJ, donde se señala que es función de la Jefatura de Oficina Distrital de Control de la Magistratura (ODECMAs), programar las Visitas Judiciales Ordinarias en las diferentes dependencias jurisdiccionales.

Segundo: Que, en ejercicio de dicha función corresponde a la Jefatura de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte (ODECMA-Lima Norte), establecer el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2020.

Tercero: En atención a ello, mediante Resolución Administrativa Nº 05-2020-J-ODECMA-CSJLN/PJ, del 07 de febrero del 2020 esta Jefatura, aprobó el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el presente año judicial 2020, los mismos que fueron señalados a partir del mes marzo del presente año, en adelante.

Cuarto: Sin embargo, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, del 11 de marzo del 2020, el Poder Ejecutivo declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendarios, los que posteriormente fueron prorrogados, disponiéndose diversas medidas de prevención y control destinadas a evitar la propagación del COVID-19; dado que, es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de la población.

Quinto: En ese sentido, el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial el Peruano el día 26 de Junio del 2020, ha dispuesto el levantamiento de aislamiento social obligatorio (cuarentena) a partir del 01 de julio del 2020, también en la jurisdicción territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y que fuera dispuesto inicial y sucesivamente por los Decretos Supremos Nº 044-2020-PCM...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR