RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 264-2020-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Modifican la R.M. N° 005-2020-PRODUCE, sobre delegación de facultades en diversos funcionarios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 264-2020-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2020

Modifican la R.M. N° 005-2020-PRODUCE, sobre delegación de facultades en diversos funcionarios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 264-2020-PRODUCE

Lima, 5 de agosto de 2020

VISTOS: El Memorando Nº 00000592-2020-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Diversificación Productiva, el Memorando Nº 00000829-2020-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio (DGPAR), el Informe Nº 00000126-2020-PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad de la DGPAR, el Memorando Nº 00000529-2020-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OGPPM), el Informe Nº 00000187-2020-PRODUCE/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la OGPPM, y el Informe Nº 00000490-2020-PRODUCE/OGAJ-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, define las funciones generales y la estructura orgánica de los ministerios, estableciendo en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de la competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, señala que el Ministro de la Producción ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, por Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto...

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