ORDENANZA, Nº 249-2020-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2020-ORDENANZA-Nº 249-2020-MDP/C

Fecha de disposición25 Julio 2020
Fecha de publicación25 Julio 2020
MateriaDerecho del Medio Ambiente
SecciónSección Única

Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2020

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 249-2020-MDP/C

Pachacámac, 20 de julio de 2020.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE

PACHACÁMAC

VISTO:

El Dictamen Nº 003-2020 de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Informe Nº 047-2020-MDP/GSCMA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Memorando Nº 328-2020-MDP/GM/GPP, el Informe Nº 157-2020-MDP/GAJ de Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 583-2020-MDP/GM de Gerencia Municipal sobre la propuesta de “Ordenanza Municipal de Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 del Distrito de Pachacámac, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC Pachacámac”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno de conformidad a lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos. Asimismo, el artículo 40º del citado cuerpo legal, señala que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.

Que, el Artículo 46º del mismo cuerpo legal, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que “Las...

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