RESOLUCION MINISTERIAL, N° 132-2020-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Delegan en el/la Procurador/a Público/a del Ministerio la facultad y atribución de aprobar la designación de los árbitros, respecto de los procesos de contrataciones en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 132-2020-MIMP

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición25 de Julio de 2020

Delegan en el/la Procurador/a Público/a del Ministerio la facultad y atribución de aprobar la designación de los árbitros, respecto de los procesos de contrataciones en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 132-2020-MIMP

Lima, 24 de julio de 2020

Vistos, el Proveído Nº D000555-2020-MIMP-DM del Despacho Ministerial y el Informe Nº D000129-2020-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, el literal e) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que una de las funciones de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es ejercer las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, las leyes, así como los reglamentos sectoriales, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no son privativas de su función de Ministro o Ministra de Estado;

Que, el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley Nº 30225, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatoria, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; siendo que conforme dispone el artículo 8 del TUO de la Ley Nº 30225, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley;

Que, se ha visto la pertinencia de delegar en el Procurador Público, en coordinación con el área usuaria, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la facultad y atribución de aprobar la designación de los...

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