DECRETO DE URGENCIA, N° 085-2020, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Decreto de Urgencia que dicta medidas para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú y del Sector Interior en el marco de la nueva convivencia social ocasionada por el COVID-19-DECRETO DE URGENCIA-N° 085-2020

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Julio de 2020

DECRETO DE URGENCIA

Nº 085-2020

DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Y DEL SECTOR INTERIOR EN EL MARCO DE LA NUEVA CONVIVENCIA SOCIAL OCASIONADA

POR EL COVID-19

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, medida que se prorrogó con el Decreto Supremo Nº 020-2020-SA por noventa (90) días adicionales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, se dispuso el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19, medida que se prorrogó con el Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 116-2020-PCM, hasta el 31 de julio de 2020;

Que, el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, establece la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, facultándolas a practicar las verificaciones e intervenciones de las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarios para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades no permitidas;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2020-SA, Decreto de Urgencia que establece medidas temporales para prevenir la propagación de Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, se dispone que el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, pongan a disposición del Ministerio de Salud los servicios de transporte que tuvieran disponibles, a fin de que sean utilizados para el traslado del personal del citado Ministerio, responsable de la toma de muestras a domicilio, a las personas que presenten sintomatología del COVID-19;

Que, para el cumplimiento de las funciones antes indicadas y con la finalidad de prevenir y evitar el contagio del COVID-19 en la población, el personal policial de la Policía Nacional del Perú a diario realiza acciones de riesgo y se constituye en la primera línea de contención en el control y aislamiento social, garantizando el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno en el marco del Estado de Emergencia Nacional, situación que ha generado un gran número de personal policial contagiado por el COVID-19;

Que, la situación antes descrita ha generado un incremento en la demanda de atenciones en los hospitales de la Sanidad Policial, en los tres niveles de atención, lo que a su vez se ve reflejado en la reducción de la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú, originando que una parte importante de los efectivos policiales que realizaban labores administrativas hayan sido trasladados a cumplir labores operativas de control de orden en las calles de las principales ciudades del país;

Que, por otra parte, ante la reanudación de las actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional, decretada mediante Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, es necesario fortalecer la seguridad ciudadana a fin de prevenir y reprimir la comisión de diversos delitos, posibilitando el desarrollo normal y armonioso de las actividades, reduciendo los niveles de victimización y reforzando el binomio policía-comunidad;

Que, en dicho contexto es necesaria la optimización de los servicios policiales que se brindan en las Comisarías, Departamentos de Investigación Criminal, Oficinas de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, así como la realización de proyectos y acciones en materia de seguridad ciudadana a nivel de los gobiernos locales, además de reforzar las acciones de respuesta a las emergencias a cargo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, así como las acciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil –SUCAMEC-, que están dirigidas al control de armas, municiones, explosivos, entre otros, con la finalidad de preservar la paz, la seguridad de los ciudadanos, y el bienestar social;

Que, en tal sentido, es necesaria la adopción de medidas extraordinarias para fortalecer la operatividad de la Policía Nacional del Perú y de otras instituciones del sector Interior para garantizar la seguridad ciudadana en el marco del Estado de Emergencia Nacional;

En uso de las facultades conferidas por el inciso 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República:

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera para el fortalecimiento de la atención de la salud del personal policial afectado por el COVID-19, la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú y del Sector Interior, así como financiar inversiones para incrementar la seguridad ciudadana en el marco de la nueva convivencia social, establecida en los Decretos Supremos Nº 094-2020-PCM y Nº 116-2020-PCM.

Artículo 2 Transferencia de partidas para financiar el egreso excepcional de Cadetes de la Escuela de Oficiales y alumnos de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú

2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 96 221 372,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio del Interior, para financiar el egreso de ciento ochenta y siete (187) Cadetes de la Escuela de Oficiales, promoción 2016 y cuatro mil novecientos cincuenta y cinco (4 955) alumnos de las diferentes Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional, promoción 2019-1, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORIA

PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 96 221 372,00

===========

TOTAL EGRESOS 96 221 372,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA Gobierno Central Artículos 3 y 4

PLIEGO 007 : Ministerio del Interior

UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP

CATEGORIA

PRESUPUESTARIA 0030 : Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana

PRODUCTO 3000355 : Patrullaje por sector

ACTIVIDAD 5003046 : Patrullaje policial por sector

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1 Personal y obligaciones sociales 92 025 500,00

2.3 Bienes y servicios 4 195 872,00

===========

TOTAL EGRESOS 96 221 372,00

===========

2.2 Para fines de lo dispuesto en el numeral precedente, exonérese al Pliego 007: Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2020, de lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, para el egreso anticipado de Cadetes de la Escuela de Oficiales y...

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