RESOLUCION MINISTERIAL, N° 128-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Autorizan transferencia financiera del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a favor de EsSalud, con la finalidad de financiar la continuidad de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud, y el otorgamiento de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 128-2020-TR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Julio de 2020

Autorizan transferencia financiera del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a favor de EsSalud, con la finalidad de financiar la continuidad de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud, y el otorgamiento de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19”

Resolución Ministerial

Nº 128-2020-TR

Lima, 10 de julio de 2020

VISTOS: El Oficio Nº 173-SG-ESSALUD-2020, de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando Nº 374-2020-MTPE/4/11, de la Oficina General de Administración; el Memorando Nº 0604-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1428-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprueba, mediante Resolución Ministerial Nº 301-2019-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2020 por un monto de S/ 306 996 966,00 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de financiamiento;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas; se establecen medidas extraordinarias, de carácter económico y financiero, que permitan mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores del sector privado a consecuencia de las medidas restrictivas y de aislamiento social adoptadas en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y su prórroga, y del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y sus prórrogas, ante la propagación del COVID-19, así como preservar los empleos de dichos trabajadores;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 038-2020, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 92 962 601,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL...

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