ORDENANZA, N° 0538-2020-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Fijan Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad-ORDENANZA-N° 0538-2020-MDB

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición26 de Junio de 2020

Fijan Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 0538-2020-MDB

Breña, 26 de junio del 2020

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión de Ordinaria de la fecha.

VISTO:

El Informe Nº 027-2020-GR/MDB de fecha 20 de mayo de 2020 de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 079-2020-MDB-GPPROPMICI de fecha 26 de mayo de 2020 de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional, el Proveído Nº 648-2020 de fecha 27 de mayo de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 133-2020/SGT/GAF-MDB de fecha 29 de mayo de 2020 de la Subgerencia de Tesorería, el Informe Nº 096-2020-GAF/MDB de fecha 03 de junio de 2020 de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Proveído Nº 702-2020 de fecha 05 de junio de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 137-2020-GAJ-MDB de fecha 10 de junio de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº02-2020-CR/MDB de fecha 19 de junio de 2020 de la Comisión de Rentas; todos los actuados respecto del proyecto de “Ordenanza que fija la tasa de interés moratorio aplicable a las deudas tributarias administrativas y/o recaudadas por la Municipalidad de Breña”; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; las que, según el artículo 74º de la misma norma, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, debiéndose respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona;

Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y...

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