RESOLUCION MINISTERIAL, N° 113-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Modifican el Manual de Operaciones del Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 113-2020-TR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Junio de 2020

Modifican el Manual de Operaciones del Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”

Resolución Ministerial

Nº 113-2020-TR

Lima, 22 de junio de 2020

VISTOS: El Memorando Nº 0280-2020-MTPE/3, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Oficio Nº 417-2020-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nº 558-2020-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1252-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2011-TR y modificatorias, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR y modificatorias, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, el cual establece, en su artículo 2 que: “El Programa “Trabaja Perú” tiene como objetivo generar empleo, y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y extrema pobreza. Para ello, el Programa financia proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC), presentados por los pobladores, las organizaciones de la sociedad civil, autoridades locales o gobiernos regionales y locales, en el ámbito de sus jurisdicciones. Asimismo, financia actividades de intervención inmediata intensiva en mano de obra no calificada (MONC), ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia.”;

Que, en el artículo 7 del citado Manual de Operaciones se establece que: “Las modalidades de acceso al Programa para la ejecución de proyectos son las siguientes: a) Concurso de Proyectos: El Programa asigna recursos financieros para un fondo concursable, al que se accede mediante la presentación de proyectos que posteriormente son seleccionados por un Comité de Priorización. Las Bases de cada Concurso, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos...

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