DECRETO DE ALCALDIA, N° 007-2020-MDSMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES - Crean la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP, ubicada en el Portal Institucional Web de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres y dictan diversas disposiciones-DECRETO DE ALCALDIA-N° 007-2020-MDSMP

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición10 de Junio de 2020

Crean la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP, ubicada en el Portal Institucional Web de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y dictan diversas disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 007-2020-MDSMP

San Martín de Porres, 10 de junio del año 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES

VISTO:

Visto, las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM (artículo 16º) y el Memorándum Nº 1002-2020-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 044-2020-SGDTI-GPP/MDSM, de la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, Informe Nº 054-2020-SG-SGGDyAC/MDSMP, de la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Archivo Central, Informe Nº 064, 065-2020-GDU/MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 0220-2020-SGDC-GDE/MDSMP, de la Sub Gerencia de Defensa Civil, Oficio Nº 010-010-20000239 del Servicio de Administración Tributaria de San Martín de Porres SAT-SMP, Informe Nº 573-2020-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 1075-2020-GM/ de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo II, Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42º del acotado cuerpo legal, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, a través del Decreto...

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