ORDENANZA, N° 006-2020-MPH-BCA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC - Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc -Bambamarca-ORDENANZA-N° 006-2020-MPH-BCA

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2020

Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc -Bambamarca

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 006-2020-MPH-BCA

Bambamarca, 5 de marzo de 2020.

POR CUANTO:

VISTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, en Sesión Ordinaria Nº 005-2020, de fecha 05 de marzo, el Informe Nº 010-2020-MPH/GPPM/SGPM, el Informe N° 104-2020-MPH-B/GPPM y el Informe N° 193-2020-MPH-BCA/GAJ, respecto al Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; asimismo, los artículos 9°, 53°, 97° y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada ley, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos;

Que, los artículos 18° y 20° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados;

Que, mediante Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales, constituyendo un aspecto fundamental para...

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