RESOLUCION SUPREMA, N° 005-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Designan miembros del Consejo Directivo de la SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, SUNAT y ESSALUD-RESOLUCION SUPREMA-N° 005-2020-TR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2020

Designan miembros del Consejo Directivo de la SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, SUNAT y ESSALUD

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 005-2020-TR

Lima, 9 de junio de 2020

VISTOS: El Oficio N° 0131-2020-MTPE/1, del Despacho Ministerial; el Oficio N° 0201-2020-SUNAFIL/GG, de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; el Oficio N° 576-GG-ESSALUD-2020, del Seguro Social de Salud – ESSALUD; el Oficio N° 000026-2020- SUNAT/100000, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; y el Informe N° 1061-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8 de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, modifica la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y modificatoria, establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, es el órgano máximo de la entidad. Es responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad. Está integrado por cinco miembros designados para un período de tres años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, el artículo 9 de la citada ley, establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL está conformado por: dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR