ORDENANZA, N° 02-2020-CR/GRL, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - Ordenanza Regional que modifica el Reglamento Interno del Consejo Regional-ORDENANZA-N° 02-2020-CR/GRL

Fecha de disposición07 Mayo 2020
Fecha de publicación22 Mayo 2020

Ordenanza Regional que modifica el Reglamento Interno del Consejo Regional

Ordenanza Regional del

Consejo Regional Nº 02-2020-CR/GRL

Huacho, 7 de mayo del año 2020

VISTO:

El Acuerdo de Consejo Regional Nº 64-2020-CR/GRL de fecha 07 de mayo de 2020, que resuelve en su Artículo Primero: APROBAR, la propuesta de Ordenanza Regional que MODIFICA EL Artículo Nº 50 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; con atribuciones y funciones que les asigna la Constitución Política del Estado, la Ley 27783Ley de Bases de la Descentralización”, la Ley Nº 27867 y la Ley Nº 27902 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modificatoria;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas:

Que, el numeral 1) del Artículo 137º de la Carta Magna prevé que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar por plazo determinado en todo el territorio nacional, o en parte de él y, dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, el Estado de Emergencia, entre otros, en caso de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación; pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

Que, la Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del Coronavirus (COVID-19) como una pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional por el plazo de Noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, de fecha 15 de Marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendarios y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por el brote del COVID-19, prorrogándose posteriormente; habiéndose establecido en su artículo 3º la suspensión del...

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