DECRETO DE ALCALDIA, N° 006-2020/MDV-ALC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA - Disponen adecuar la Ordenanza Municipal Nº 007-2020/MDV, que establece la exigencia en las personas jurídicas, para que de manera obligatoria instauren medidas de bioseguridad para las personas que ingresen a sus establecimientos y dictan diversas disposiciones-DECRETO DE ALCALDIA-N° 006-2020/MDV-ALC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2020

Disponen adecuar la Ordenanza Municipal Nº 007-2020/MDV, que establece la exigencia en las personas jurídicas, para que de manera obligatoria instauren medidas de bioseguridad para las personas que ingresen a sus establecimientos, y dictan diversas disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2020/MDV-ALC

Ventanilla, 7 de mayo de 2020

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

El Informe Legal Nº 050-2020/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorandos Nº 0126 y 0127-2020/MDV-SSM-GG de la Gerencia General del Órgano Desconcentrado Sistema de Salud Municipal Ventanilla, el Informe Nº 062-2020/MDV-GSCyGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, el Informe Legal Nº 020-2020/MDV-GSCyGRD-AL-LSFM, el Informe Nº 0129-2020/MDV-GSCyGRD-SGFyC de la Subgerencia de Fiscalización y Control, el Informe Nº 0106-2020/MDV-SSM-GAIS de la Gerencia de Atención Integral en Salud y el Informe Nº 084-2020/MDV-SSM-GAIS-PCVS, respecto a la emisión del documento autoritativo que adecúe la Ordenanza Municipal Nº 007-2020/MDV, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se decretó la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control del COVID-19, estableciendo que los gobiernos locales adopten medidas preventivas y control sanitario con el fin de evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvar al cumplimiento de las normas y disposiciones emitidas por el Poder Ejecutivo, en los espacios públicos y privados.

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2020, de fecha 15 de marzo del 2020, se estableció diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Nuevo Coronavirus (COVID-19); entre las cuales en el artículo 11º, se establece que los gobiernos locales en coordinación con la Autoridad de Salud, realiza las actividades de...

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