RESOLUCION DIRECTORAL, N° 003- 2020-EF/52.06, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Establecen disposiciones para la emisión electrónica de los Certificados de Inversión Pública Regional, Local, Gobierno Nacional y Documentos Cancelatorios, que soliciten las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Regionales, y las Universidades Públicas-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 003- 2020-EF/52.06

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2020

Establecen disposiciones para la emisión electrónica de los Certificados de Inversión Pública Regional, Local, Gobierno Nacional y Documentos Cancelatorios, que soliciten las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Regionales, y las Universidades Públicas

Resolución Directoral

N° 003-2020-EF/52.06

Lima, 5 de mayo del 2020

CONSIDERANDO:

Que, la Décimo Octava Disposición Complementaria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con la participación del Sector Privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 294-2018-EF, establece que la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) del Ministerio de Economía y Finanzas, implementa una plataforma de emisión de “Certificados de Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público” (CIPRL) y “Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público” (CIPGN) electrónicos, de acuerdo con las características relacionadas al registro, control y negociabilidad de dichos certificados establecidos en el indicado Texto Único Ordenado, vinculado a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT, al cual tiene acceso la empresa privada;

Que, asimismo, el numeral 91.10 del artículo 91 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF, establece que los CIPRL o CIPGN pueden ser emitidos de manera electrónica, de acuerdo con las características y especificaciones técnicas, así como los aspectos relacionados al registro, control y negociabilidad de los mismos, que son establecidos mediante Resolución Directoral de la DGTP;

Que, de acuerdo con dicho marco normativo, la DGTP desarrolló la plataforma digital para la emisión electrónica de los citados Certificados, implementándose durante el año 2019 un Plan Piloto que abarcó, en una primera etapa, la emisión electrónica de los CIPGN solicitados por las entidades del Gobierno Nacional, estimándose pertinente establecer el procedimiento, plazos y condiciones para fines del uso obligatorio de la citada plataforma para la emisión del CIPGN y CIPRL electrónicos, a partir de mayo del 2020;

Que, en el marco de la Modernización de la Gestión Pública y la Interoperabilidad del Estado, se estima pertinente disponer, la emisión de manera electrónica de los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público (DCTP) por la DGTP, en el marco de la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de DCTP para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del Ministerio de Defensa, la Ley N° 29721, Ley de promoción turística que amplía los beneficios de la Ley N° 29285 para el departamento de Madre de Dios, para los vuelos desde y hacia el Aeropuerto Padre José Aldamiz, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, el artículo 15 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras acciones por parte de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y demás legislación que autorice el financiamiento de la pagaduría del Estado con DCTP, para fines de facilitar el uso electrónico de los citados Documentos Valorados;

Que, el numeral 8 del artículo 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que es atribución de los entes rectores de los Sistemas Administrativos, promover el perfeccionamiento y simplificación permanente de los procesos técnicos del Sistema Administrativo;

Que, conforme a lo establecido en el inciso 6 del...

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