RESOLUCION, Nº 00041-2020-PD/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Aprueban Reglas para el uso de la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL-RESOLUCION-Nº 00041-2020-PD/OSIPTEL

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2020

Aprueban Reglas para el uso de la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 00041-2020-PD/OSIPTEL

Lima, 3 de mayo de 2020

MATERIA REGLAS PARA EL USO DE LA MESA DE PARTES DEL OSIPTEL

VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolución, presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto aprobar las Reglas para el uso de la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL;

(ii) El Informe Nº 00062-GAL/2020 del 30 de abril de 2020, elaborado por la Gerencia de Asesoría Legal, que sustenta y recomienda la aprobación del referido Proyecto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1412, se aprobó la Ley de Gobierno Digital, la misma que establece un marco de gobernanza para la implementación del gobierno digital en las entidades de la Administración Pública, que permita la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios públicos digitales en los tres niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual en sus artículos 128 y siguientes, establece disposiciones referidas a la recepción documental o Mesa de Partes de la entidad, reglas para la celeridad en la recepción, así como la recepción por transmisión de datos a distancia;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, para reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, se ha declarado el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, por un plazo de quince (15) días calendario, el cual fue...

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