RESOLUCION SUPREMA, Nº 092-2020-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Conceden conmutación de la pena a interna del Establecimiento Penitenciario de Huánuco-RESOLUCION SUPREMA-Nº 092-2020-JUS
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 2 de Mayo de 2020 |
Conceden conmutación de la pena a interna del Establecimiento Penitenciario de Huánuco
resolución suprema
n° 092-2020-jus
Lima, 2 de mayo de 2020
VISTO, el Informe del Expediente N° 00887-2018-JUS/CGP, del 02 de mayo de 2020, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;
CONSIDERANDO:
Que, MARQUEZ DE BARRIOS, AIDEE, es una interna recluida en el Establecimiento Penitenciario de Huánuco;
Que, los incisos 8) y 21) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;
Que, la conmutación de la pena es la potestad del Presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta a un quantum menor;
Que, dicha gracia presidencial implica la renuncia parcial al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, reduciendo prudencialmente la pena privativa de libertad impuesta en un proceso penal y que, dada su naturaleza graciable, su concesión conlleva a la realización de un procedimiento especialísimo que no se guía por los criterios aplicables a un proceso judicial o a un procedimiento administrativo ordinario, en los que se exige el reconocimiento de un derecho;
Que, dicho procedimiento está a cargo de la Comisión de Gracias Presidenciales, órgano colegiado multisectorial a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que ciñe su actuación a las normas del orden constitucional y legal, analizando y calificando las solicitudes de gracias presidenciales en estricto cumplimiento de los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia;
Que, en dicho contexto, el artículo 25 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, prescribe que: “Se podrá recomendar el indulto común y conmutación común sólo en los casos en los que no existiera impedimento legal expreso”; es el caso que la solicitud planteada por la interna MARQUEZ DE BARRIOS, AIDEE, no contiene impedimento legal expreso;
Que, asimismo, la referida solicitud contiene todos los documentos para la tramitación de la...
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