DECRETO LEGISLATIVO, N° 1464, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que promueve la reactivación de la economía a través de incentivos dentro de los programas de vivienda-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1464
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 18 de Abril de 2020 |
DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1464
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
POR CUANTO:
Que, mediante la Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se otorgó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la vigencia de la citada ley;
Que, el numeral 7 del artículo 2 de la Ley N° 31011 establece que el Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de legislar en materia de prevención y protección de las personas en situación de vulnerabilidad para establecer programas, acciones y mecanismos que permitan su atención; mientras dure la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19;
Que, mediante Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor, el mismo que se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social, siendo beneficiarios del mismo, las familias, en los ámbitos urbano y rural, que carecen de recursos suficientes para obtener o mejorar una única solución habitacional;
Que, las medidas de prevención y control adoptadas para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, han generado que los potenciales beneficiarios del BFH se hayan VISTO obligados a disponer de sus recursos con el fin de asegurar su manutención y subsistencia diaria durante la emergencia, motivo por el cual su situación de vulnerabilidad se ha VISTO agravada, lo que hace necesario que se adopten medidas que permitan que dicha población pueda acceder a una vivienda adecuada que les dé cobijo y protección segura para la protección de su salud y supervivencia, para que a través del Programa Techo Propio, el cual se desarrolla con el otorgamiento del BFH, se establezcan disposiciones que faciliten su atención;
Que, por...
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