RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 010-2020-PNIPA-DE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 010-2020-PNIPA-DE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2020

Resolución Directoral

N° 010-2020-PRODUCE-PNIPA-DE

Lima, 27 de marzo de 2020

VISTO;

El Informe N° 023-2020-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informes N° 016 y 015-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP, Informes N° 005-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP, emitido por la Unidad de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca, respectivamente, que remite la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, y el Informe Legal N° 016-2020-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO;

Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF, de fecha 31 de diciembre de 2016, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento – en adelante BIRF, por la suma de USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – en adelante el PNIPA;

Que, la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, firmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por la suma de USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el PNIPA;

Que, el Ministerio de la Producción con fecha 5 de mayo de 2017, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;

Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación específicamente al financiamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Beneficiario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Beneficiario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (b) Asegurarse de que cada Acuerdo de Subproyecto se elabore con base en el modelo de formulario aprobado por el Banco e incluido en el Manual de Operaciones, donde el Prestatario, a través de PRODUCE: (…) (ii) exigir a cada Beneficiario que lleve a cabo el Subproyecto pertinente con la debida diligencia y eficiencia y según las normas y prácticas técnicas, económicas, de acuicultura, pesqueras, ambientales y sociales adecuadas y satisfactorias para el Banco, incluso de conformidad con las disposiciones de las Directrices anticorrupción (aplicables a los destinatarios de los préstamos que no sean el Prestatario), (…) (iii) proporcionar, rápidamente cuando sea necesario, los recursos requeridos para ejecutar el Subproyecto; (iv) adquirir los bienes, los servicios no relacionados con Consultoría y los servicios de consultores que se financiarán con los Fondos del Subproyecto, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; (…)”;

Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;

Que, en la precitada norma se autoriza que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano. La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se refiere la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR