DECRETO LEGISLATIVO, Nº 1456, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que establece la medida excepcional de cooperación laboral entre entidades públicas-DECRETO LEGISLATIVO-Nº 1456

Fecha de disposición10 Abril 2020
Fecha de publicación10 Abril 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1456

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se otorgó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la vigencia de la citada ley;

Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 31011 establece que el Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de legislar en materia de trabajo y promoción del empleo, con la finalidad de garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los trabajadores en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19;

Que, asimismo, el numeral 8 del artículo 2 de la Ley N° 31011 establece que el Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de legislar en materia de bienes y servicios para la población, con la finalidad de garantizar la prestación de los servicios públicos, gestión interna de residuos sólidos, la continuidad de la cadena logística y sus actividades conexas, los servicios esenciales y los derechos de los consumidores y usuarios, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria por el COVID-19, la reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios durante o como producto de la emergencia, y la preservación del patrimonio cultural de la nación;

Que, encontrándose vigente el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, resulta necesario establecer normas de carácter laboral que permitan coadyuvar en la prestación de los servicios públicos esenciales detallados por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; así como en la continuidad de la cadena logística y sus actividades conexas;

De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las facultades delegadas en los numerales 5 y 8 del artículo 2 de la Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:

Ha dado el decreto legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE LA MEDIDA EXCEPCIONAL DE COOPERACIÓN LABORAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS

Artículo 1 Objeto

1.1 El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer la medida excepcional de cooperación laboral entre entidades públicas mientras se encuentre vigente la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel...

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