ORDENANZA, N° 431-MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Autorizan la celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios 2020-ORDENANZA-N° 431-MDC

Fecha de disposición09 Abril 2020
Fecha de publicación09 Abril 2020

Autorizan la celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios 2020

ORDENANZA N° 431-MDC

Carabayllo, 19 de febrero de 2020

El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ;

VISTOS: El Informe N° 001-2020-AM-GSG/MDC, de fecha 03 de enero de 2020, emitido por el Área de Matrimonios; y el Informe N° 064-2020-GAJ/MDC, de fecha 30 de enero de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza que AUTORIZA LA CELEBRACION DE MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS 2020, EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad;

Que, el Artículo 233° del Código Civil precisa que la regulación jurídica...

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