RESOLUCION, N° 063-2020/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican entrada en vigencia del Procedimiento General 'Exportación Definitiva' DESPA-PG.02 y de otros procedimientos aduaneros-RESOLUCION-N° 063-2020/SUNAT
Emisor | Organismos Tecnicos Especializados |
Fecha de la disposición | 27 de Marzo de 2020 |
Lima, 27 de marzo de 2020
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones de Superintendencia N° 024-2020/SUNAT y 021-2020/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Exportación definitiva” DESPA-PG.02 (versión 7), y el procedimiento específico “Actos relacionados con la salida de mercancías y medios de transporte” DESPA-PE.00.21 (versión 1), respectivamente;
Que los citados procedimientos contemplan un nuevo proceso para la salida de mercancías del país y entran en vigencia de manera progresiva, encontrándose pendiente su implantación en las intendencias de aduana de Puno y Tacna para el 31 de marzo de 2020, y en la Intendencia de Aduana Marítima del Callao y en otras intendencias de aduana para el 30 de abril de 2020;
Que, a la vez, con Resolución de Superintendencia Nº 202-2019/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Material para uso aeronáutico” DESPA-PG.19 (versión 3) que entra en vigencia el 30 de abril de 2020 conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 021-2020/SUNAT;
Que de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario y con Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM se declaró estado de emergencia nacional por el plazo de quince días calendario y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena) debido a la existencia en el país del COVID-19 y sus graves circunstancias para la vida de la nación;
Que el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM dispuso el cierre temporal de fronteras; pero, excluyó de este cierre al transporte de carga y mercancía. A la vez, facultó a las autoridades competentes a adoptar las medidas necesarias para garantizar el ingreso y salida del país;
Que a fin de garantizar el ingreso y salida de la carga del país, brindar la capacitación necesaria a los operadores que intervienen en los nuevos procesos y evitar los problemas que se pueden generar por los cambios, se considera necesario prorrogar la entrada en vigencia del procedimiento general “Exportación definitiva”...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba