RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 109-2020-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban diversas acciones del Ministerio en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por la existencia del Covid-19-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 109-2020-MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2020

Lima, 25 de marzo del 2020

VISTOS; el Informe N° 000026-2020-DGPI/VMI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; el Memorando N° 000077-2020-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; y el Informe N° 000011-2020-OGAJ/MC, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, mediante Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; asimismo, de acuerdo a su artículo 4 una de las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado en el sector cultura, es la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, conforme al artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad está a cargo del Viceministro de Interculturalidad, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de interculturalidad e inclusión de pueblos indígenas u originarios y población afroperuana. Es además el órgano técnico en materia indígena de acuerdo a la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); además, conforme al numeral 11.1 de su artículo 11, tiene como función formular, dirigir, coordinar, implementar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales sobre interculturalidad, pueblos indígenas y población afroperuana;

Que, el Decreto Legislativo N° 1360, Decreto Legislativo que precisa funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios creada por la Ley Nº 29785, constituye una fuente de información para los distintos niveles de gobierno, en la elaboración y desarrollo de políticas públicas relacionadas con los pueblos indígenas u originarios que habitan en...

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