ACUERDO, N° 021-2020-MDEA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO - Disponen apoyar denuncia penal presentada por el Procurador de la Municipalidad ante la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino - Primer Despacho, así como apoyar el fiel cumplimiento de convenios suscritos con el Grupo DAFI Asociados S.A.C.-ACUERDO-N° 021-2020-MDEA

Fecha de publicación21 Marzo 2020
Fecha de disposición21 Marzo 2020
MateriaDerecho Procesal

El Agustino, 13 de marzo del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de Marzo del 2020, el Informe N° 15-2020-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal sobre acciones tomadas contra el Grupo DAFI Asociados S.A.C. por incumplimiento de sus obligaciones, contenidas en la Cláusula Quinta del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de El Agustino (MDEA) y el Grupo DAFI Asociados S.A.C. (DAFI) representado por Yeremi Aron Espinoza Velarde, para la Implementación de la Casa de la Mujer – Policlínico Municipal de El Agustino; teniendo como referencia el Expediente N° 6329-2020 presentado por los regidores Eddy Luis Rojas Ponce, Rafael Fernando Gonzales Arias, Nazario Palomino Jayo y Henry Solier Chávez, donde solicitan informe de qué modo la MDEA desarrolló las acciones necesarias para facilitar el cumplimiento de las obligaciones del Grupo DAFI Asociados S.A.C. durante el 2013 al 2019 y además que trámites y/o denuncias se ha venido realizando frente al posible incumplimiento total o parcial del Grupo DAFI durante la gestión del ex alcalde Richard Soria Fuerte (período 2015-2018), y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey N° 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, con fecha 25 de noviembre de 2010, se celebró el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de El Agustino y el Grupo DAFI Asociados S.A.C. para la Implementación de la Casa de la Mujer – Policlínico Municipal.

Que, con fecha 17 de junio de 2011, se celebró el Convenio Complementario de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de El Agustino y el Grupo DAFI Asociados S.A.C. para la Implementación de la Casa de la Mujer – Policlínico Municipal.

Que, con fecha 22 de diciembre de...

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