RESOLUCION, Nº 56-2020-ITP/DE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Maynas – CITEforestal Maynas”-RESOLUCION-Nº 56-2020-ITP/DE
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 17 de Marzo de 2020 |
Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Maynas – CITEforestal Maynas”
Instituto Tecnológico
de la Producción
Resolución Ejecutiva
Nº 56-2020-ITP/DE
Lima, 13 de marzo de 2020
VISTO:
El Informe Nº 2-2020-ITP/CITEforestal Maynas del 4 de febrero de 2020, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Maynas - CITEforestal Maynas; los Memorandos Nº 1818 y 1897-2020-ITP/OA del 14 y 18 de febrero 2020, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando Nº 333-2020-ITP/OGRRHH del 19 de febrero de 2020, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe Nº 71-2020-ITP/OPPM del 27 de febrero de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 138-2020-ITP/OAJ del 28 de febrero de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades;
Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;
Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228 y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE púbicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;
Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 9-2019-ITP/DE, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha jueves 7 de enero de 2019, se aprueba el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación...
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