RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 109-2020-EF/50 , PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2020-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 109-2020-EF/50

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2020

Aprueban montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2020

Resolución Ministerial

Nº 109-2020-EF/50

Lima, 10 de marzo del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29332 y sus modificatorias se crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; asimismo, señala que los objetivos específicos del citado Programa son: i) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, ii) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales;

Que, el literal d) del numeral 19.1 del artículo 19 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone la asignación en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 800 000 000,00 (OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados exclusivamente para el financiamiento de los fines del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; asimismo, dispone que la distribución de los referidos recursos se efectúa tomando en cuenta los criterios del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN y conforme a los lineamientos y metas del citado Programa;

Que, el artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2020, aprobados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 362-2019-EF, dispone que la determinación del monto máximo de recursos que corresponde a cada municipalidad por el cumplimiento de sus metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019, utiliza como criterio de repartición el Índice de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN establecido para el Año Fiscal 2020, elaborado por la Dirección General de Presupuesto Público y aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, dispone que los referidos montos máximos se establecen mediante Resolución Ministerial en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir de la aprobación del referido Índice de Distribución;

Que, con Resolución Ministerial N° 095-2020-EF/50 se aprueban los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN para el Año Fiscal 2020, a nivel de cada municipalidad, conforme al Anexo integrante de la citada Resolución Ministerial;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los montos máximos de recursos que corresponden a cada municipalidad por el cumplimiento de sus metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019, las cuales son evaluadas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal durante el año 2020;

De conformidad con lo dispuesto por el literal d) del numeral 19.1 del artículo 19 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobar los montos máximos de recursos que corresponden a cada municipalidad por el cumplimiento de sus metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019, evaluadas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2020, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial.
Artículo 2 La presente Resolución Ministerial y el Anexo aprobado en el artículo 1, se publican en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

ANEXO

MONTOS MÁXIMOS DE RECURSOS QUE CORRESPONDEN A CADA UNA DE LAS MUNICIPALIDADES QUE CUMPLAN TODAS LAS METAS EVALUADAS EN EL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL EN EL AÑO 2020

Ubigeo Departamento Provincia Distrito Clasificación municipal Monto Máximo a repartir en el año fiscal 2020
(Soles)
1 010101 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS A 796,704.00
2 010102 AMAZONAS CHACHAPOYAS ASUNCION F 60,106.00
3 010103 AMAZONAS CHACHAPOYAS BALSAS G 61,678.00
4 010104 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHETO F 60,106.00
5 010105 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHILIQUIN G 60,106.00
6 010106 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHUQUIBAMBA G 67,470.00
7 010107 AMAZONAS CHACHAPOYAS GRANADA F 60,106.00
8 010108 AMAZONAS CHACHAPOYAS HUANCAS E 60,106.00
9 010109 AMAZONAS CHACHAPOYAS LA JALCA F 143,378.00
10 010110 AMAZONAS CHACHAPOYAS LEIMEBAMBA E 108,206.00
11 010111 AMAZONAS CHACHAPOYAS LEVANTO F 60,106.00
12 010112 AMAZONAS CHACHAPOYAS MAGDALENA E 60,106.00
13 010113 AMAZONAS CHACHAPOYAS MARISCAL CASTILLA E 60,106.00
14 010114 AMAZONAS CHACHAPOYAS MOLINOPAMPA G 84,123.00
15 010115 AMAZONAS CHACHAPOYAS MONTEVIDEO E 60,106.00
16 010116 AMAZONAS CHACHAPOYAS OLLEROS F 60,106.00
17 010117 AMAZONAS CHACHAPOYAS QUINJALCA G 60,106.00
18 010118 AMAZONAS CHACHAPOYAS SAN FRANCISCO DE DAGUAS E 60,106.00
19 010119 AMAZONAS CHACHAPOYAS SAN ISIDRO DE MAINO E 60,106.00
20 010120 AMAZONAS CHACHAPOYAS SOLOCO G 60,106.00
21 010121 AMAZONAS CHACHAPOYAS SONCHE F 60,106.00
22 010201 AMAZONAS BAGUA BAGUA A 1,278,750.00
23 010202 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO G 426,589.00
24 010203 AMAZONAS BAGUA COPALLIN F 237,374.00
25 010204 AMAZONAS BAGUA EL PARCO F 78,178.00
26 010205 AMAZONAS BAGUA IMAZA G 1,040,509.00
27 010206 AMAZONAS BAGUA LA PECA F 253,758.00
28 010301 AMAZONAS BONGARA JUMBILLA B 321,802.00
29 010302 AMAZONAS BONGARA CHISQUILLA F 60,106.00
30 010303 AMAZONAS BONGARA CHURUJA E 60,106.00
31 010304 AMAZONAS BONGARA COROSHA G 60,106.00
32 010305 AMAZONAS BONGARA CUISPES F 60,106.00
33 010306 AMAZONAS BONGARA FLORIDA F 231,745.00
34 010307 AMAZONAS BONGARA JAZAN E 210,431.00
35 010308 AMAZONAS BONGARA RECTA G 60,106.00
36 010309 AMAZONAS BONGARA SAN CARLOS E 60,106.00
37 010310 AMAZONAS BONGARA SHIPASBAMBA F 61,306.00
38 010311 AMAZONAS BONGARA VALERA G 60,106.00
39 010312 AMAZONAS BONGARA YAMBRASBAMBA F 286,900.00
40 010401 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA B 2,135,842.00
41 010402 AMAZONAS CONDORCANQUI EL CENEPA G 583,993.00
42 010403 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO G 928,057.00
43 010501 AMAZONAS LUYA LAMUD B 528,730.00
44 010502 AMAZONAS LUYA CAMPORREDONDO F 203,598.00
45 010503 AMAZONAS LUYA COCABAMBA G 105,458.00
46 010504 AMAZONAS LUYA COLCAMAR F 73,763.00
47 010505 AMAZONAS LUYA CONILA F 70,968.00
48 010506 AMAZONAS LUYA INGUILPATA F 60,106.00
49 010507 AMAZONAS LUYA LONGUITA G 60,106.00
50 010508 AMAZONAS LUYA LONYA CHICO F 60,106.00
51 010509 AMAZONAS LUYA LUYA F 135,195.00
52 010510 AMAZONAS LUYA LUYA VIEJO E 60,106.00
53 010511 AMAZONAS LUYA MARIA F 60,106.00
54 010512 AMAZONAS LUYA OCALLI F 142,809.00
55 010513 AMAZONAS LUYA OCUMAL G 159,450.00
56 010514 AMAZONAS LUYA PISUQUIA G 240,883.00
57 010515 AMAZONAS LUYA PROVIDENCIA G 64,043.00
58 010516 AMAZONAS LUYA SAN CRISTOBAL E 60,106.00
59 010517 AMAZONAS LUYA SAN FRANCISCO DEL YESO F 60,106.00
60 010518 AMAZONAS LUYA SAN JERONIMO G 60,106.00
61 010519 AMAZONAS LUYA SAN JUAN DE LOPECANCHA G 60,106.00
62 010520 AMAZONAS LUYA SANTA CATALINA G 78,555.00
63 010521 AMAZONAS LUYA SANTO TOMAS G 122,522.00
64 010522 AMAZONAS LUYA TINGO F 60,106.00
65 010523 AMAZONAS LUYA TRITA F 60,106.00
66 010601 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA SAN NICOLAS B 382,582.00
67 010602 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA CHIRIMOTO G 79,787.00
68 010603 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA COCHAMAL E 60,106.00
69 010604 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA HUAMBO G 85,589.00
70 010605 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA LIMABAMBA G 102,209.00
71 010606 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA LONGAR F 60,631.00
72 010607 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA MARISCAL BENAVIDES F 60,106.00
73 010608 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA MILPUC F 60,106.00
74 010609 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA OMIA G 311,936.00
75 010610 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA SANTA ROSA G 60,106.00
76 010611 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA TOTORA G 60,106.00
77 010612 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA VISTA ALEGRE G 136,639.00
78 010701 AMAZONAS UTCUBAMBA BAGUA GRANDE A 2,669,093.00
79 010702 AMAZONAS UTCUBAMBA CAJARURO G 1,111,507.00
80 010703 AMAZONAS UTCUBAMBA CUMBA F 367,380.00
81 010704 AMAZONAS UTCUBAMBA EL MILAGRO F 294,408.00
82 010705 AMAZONAS UTCUBAMBA JAMALCA G 368,131.00
83 010706 AMAZONAS UTCUBAMBA LONYA GRANDE F 425,631.00
84 010707 AMAZONAS UTCUBAMBA YAMON G 162,003.00
85 020101 ANCASH HUARAZ HUARAZ A 1,389,383.00
86 020102 ANCASH HUARAZ COCHABAMBA G 60,333.00
87 020103 ANCASH HUARAZ COLCABAMBA F 60,106.00
88 020104 ANCASH HUARAZ HUANCHAY G 71,296.00
89 020105 ANCASH HUARAZ INDEPENDENCIA D 939,833.00
90 020106 ANCASH HUARAZ JANGAS F 104,663.00
91 020107 ANCASH HUAR
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