ORDENANZA, Nº 489-MDSMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES - Convocan la celebración de matrimonios civiles comunitarios-ORDENANZA-Nº 489-MDSMP

Fecha de disposición04 Marzo 2020
Fecha de publicación04 Marzo 2020
SecciónSección Única

Convocan la celebración de matrimonios civiles comunitarios

ORDENANZA N° 489-MDSMP

San Martín de Porres, 17 de enero de 2020

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE

PORRES

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de enero de 2020, el Informe Nº 0010-2020-RC/SG/MDSMP del responsable de Registros Civiles, el Memorando Nº 095-2020-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 0082-2020-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Nº 001-2020-CDHyPS/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Humano y Programas Sociales;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen entre otros, a la familia y promueven el matrimonio, reconociendo a éstos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad;

Que, el Código Civil señala en el artículo 234º que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella, y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fin de hacer vida común;

Que, el numeral 16 del artículo 20º de la Ley Nº...

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