RESOLUCION SUPREMA, N° 034-2020-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano sudafricano y disponen su presentación por vía diplomática a la República de Sudáfrica-RESOLUCION SUPREMA-N° 034-2020-JUS

Fecha de disposición26 Febrero 2020
Fecha de publicación27 Febrero 2020
SecciónSección Única

Lima, 26 de febrero de 2020

VISTO; el Informe Nº 039-2020/COE-TPC, del 14 de febrero de 2020, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF GATE o ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF a la República de Sudáfrica, formulada por el Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 13 de enero de 2020, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF GATE o ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF a la República de Sudáfrica, formulada por el Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros (Expediente Nº 211-2019);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la...

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