ORDENANZA, N° 238-2020-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Ordenanza sobre determinación de fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020-ORDENANZA-N° 238-2020-MDP/C

Fecha de disposición06 Febrero 2020
Fecha de publicación14 Febrero 2020

Pachacámac, 6 de febrero de 2020

EL CONCEJO DISTRITAL DE PACHACAMAC EN

SESIÓN EXTRAORDINARIA

VISTO:

El Informe N° 04-2020-MDP/GR-SGRR de la Sub Gerencia de Registros y Recaudación, el Informe N° 007-2020-MDP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 030-2020-MDP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de “DETERMINACION DE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2020” y;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 4 del artículo 195° de la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley.

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680- Ley de Reforma V Constitucional del Capítulo XIV del Título sobre Descentralización y la Ley N° 30305 - Ley de reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra consagrada en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 235-2019-MDP/C de fecha 02 de diciembre de 2019, ratificada por acuerdo de Concejo N° 380 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 28 de diciembre de 2019, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Pachacamac correspondiente al ejercicio 2020.

Que, los Arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual y vencen el último día hábil de cada mes. Sin embargo, es pertinente establecer las fechas para su cancelación en concordancia con la Norma XII del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. N° 133-2013-EF, a mérito de la cual se prevé que: “Para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias deberá considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en días se entenderán...

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