RESOLUCION DE ALCALDIA, N° 013-2020-A-MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA - Delegan facultades en diversas gerencias y funcionarios de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-N° 013-2020-A-MDP

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2020

Villa Punchana, 15 enero del 2020

VISTO:

El Proveído Nº 241-2020-GM-MDP, de fecha 15 de enero del 2020, la Gerencia Municipal remite el Memorando Nº 012-2020-A-MDP, de fecha 14 de enero de 2020, del Despacho de Alcaldía, mediante el cual, solicita se tome acciones de orden interno mediante Resolución de Alcaldía, donde se delegue facultades a las diversas gerencias de la Municipalidad Distrital de Punchana, para el periodo 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, establece que el Titular de la Entidad, es responsable de efectuar la gestión presupuestaria en las fases de programación, formulación aprobación, ejecución y control del gastos; asimismo señala en el inciso 40.1) del artículo 40 que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se efectúen dentro del marco del presupuesto institucional vigente de cada pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el presupuesto institucional para las actividades y proyectos y que tiene implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; precisando lo siguiente: a) Las Anulaciones constituyen la supresión total o parcial de los créditos presupuestarios de actividades o proyectos; b) Las Habilitaciones constituyen el incremento de los créditos presupuestarios de actividades y proyectos con cargo a anulaciones de la misma actividad o proyecto, o de otras actividades y proyectos;

Que, además ante la Ley antes acotada precisa que, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobados, mediante Resolución del Titular, a propuesta de la oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular de la Entidad dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía administrativa, económica y política en los asuntos de su competencia, a tenor del Artículo 194º de la Constitución Política del Estado;

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, consagra en el Artículo II del Título Preliminar que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al orden jurídico;

Que, el 09 de enero del 2016, entro en vigencia la Ley Nº 30225Ley de Contrataciones del Estado modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1444 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, estableciéndose en dichas normas la facultad del Titular de la Entidad de delegar mediante resolución la autoridad que dichas normas le otorgan, especificándose expresamente las facultades indelegables;

Que, el numeral 76.1 del artículo 76º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, y modificatorias, determina que “….. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una Entidad”;

Que, el Artículo 20º inciso 6) establece que son atribuciones del Alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;

De Conformidad con lo establecido a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por la Ley Nº 30225 modificado por Decreto Legislativo Nº 1444, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, de conformidad al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Punchana y su modificatoria, procede la delegación de facultades de conformidad a la normativa vigente, antes referidas, publicadas en el Diario Oficial el Peruano; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972 y, contando con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal;

SE RESUELVE:

Artículo Primero DELEGAR a la GERENCIA MUNICIPAL de la Municipalidad Distrital de Punchana, bajo responsabilidad en el cumplimiento de los requisitos legales y administrativos exigidos, la facultad de:
  1. Suscribir los contratos con Sociedades Auditoras debidamente seleccionadas por la Contraloría General de la República.

  2. Suscribir las actas de entrega y recepción de las obras ejecutadas por la Municipalidad Distrital de Punchana a los beneficiarios finales y/o instituciones que se encargaran de su operación y mantenimiento.

  3. Suscribir los Títulos de propiedad expedidos durante el proceso de formalización mediante prescripción adquisitiva de dominio, saneamiento integral e individual.

  4. En Materia de Contratación con el Estado la facultad de:

    1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC

    2. Aprobar la modificación del Plan Anual de Contrataciones – PAC, por inclusión, exclusión de contrataciones o cuando se modifique el tipo de procedimiento de selección.

    3. Designar a los miembros de los Comités de Selección.

    4. ...

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