RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 020-2020-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen publicar el Ranking de Cumplimiento de Meta 2018 de los órganos jurisdiccionales permanentes a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, correspondientes a Salas Superiores, Juzgados Especializados o Mixtos y Juzgados de Paz Letrados-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 020-2020-CE-PJ

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición15 de Enero de 2020

Lima, 15 de enero de 2020

VISTO:

El Oficio N° 831-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, que adjunta el Informe N° 093-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 185-2016-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2016, el Consejo ejecutivo del Poder Judicial actualizó los estándares de expedientes resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C.

Segundo. Que, la Directiva N° 013-2014-CE-PJ denominada “Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial” aprobada por Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, establece en el numeral 3.1 del Capítulo III correspondiente al Anexo 3, que el cálculo de la meta anual de expedientes resueltos en etapa de trámite se efectuará sobre la base de la información estadística proporcionada por la Sub Gerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General, al cierre del año judicial correspondiente. Asimismo, el Literal d) del Capítulo II correspondiente al Anexo 3 de la citada directiva, establece que la carga procesal mínima anual corresponde a la mínima carga procesal que un órgano jurisdiccional requiere para cumplir con el estándar anual de expedientes principales resueltos en etapa de trámite, y es equivalente al referido estándar aumentado en un 30%.

Tercero. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio N° 831-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 093-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente:

• Para el cálculo de la Meta Final del año judicial 2018 se tomó como base la carga procesal en etapa de trámite indicada en la data estadística oficial al cierre del respectivo año judicial, la cual fue remitida por la Sub Gerencia...

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