RESOLUCION, N° 005-2020-SUNASS-PE, ORGANISMOS REGULADORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Designan Asesores 2 de la Gerencia General de la SUNASS-RESOLUCION-N° 005-2020-SUNASS-PE

Fecha de publicación09 Febrero 2020
Fecha de disposición06 Febrero 2020

Lima, 6 de febrero de 2020

VISTOS:

El Informe N° 010-2020-SUNASS-OAF-URH, del responsable de la Unidad de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, el personal a que se refieren los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo, no siendo necesario, por tanto, para su contratación la realización de un concurso, siempre que la plaza a ocupar esté contenida en el CAP Provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) según sea el caso.

Que, por Resolución de Presidencia N° 014-2019-SUNASS-PE se aprobó el Reordenamiento del CAP Provisional1 de la SUNASS, el cual contempla los cargos de Asesor 2 de la Gerencia General, clasificados como empleado de confianza, encontrándose dos de ellos vacantes, siendo necesario cubrirlos.

Que, a través del informe de vistos, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, señala que el señor Marco Antonio Mena Miranda y la señorita Pamela Ivette Ramírez Velásquez cumplen con el perfil exigido en el clasificador de cargos para desempeñar el cargo de Asesor 2 de la Gerencia General de la SUNASS; precisando que corresponde su designación bajo régimen laboral especial establecido en el Decreto Legislativo N° 1057.

Que, a fin de cubrir los dos cargos de Asesor 2 de la Gerencia General de la SUNASS, se ha considerado conveniente la contratación de profesionales bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, para lo cual, conforme a lo manifestado, no se requiere la realización de un concurso público.

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y...

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