RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000169-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen la implementación y aplicación del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) para la certificación del cumplimiento de la Norma ISO 9001:2015, en el Módulo Judicial Integrado de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000169-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2020

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima Norte

Independencia, 3 de febrero de 2020

VISTO:

La Resolución Administrativa N° 60-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ del 13/01/2020; y,

CONSIDERANDO:

  1. Compete al Poder Judicial, como política de Estado, adoptar, sin dilaciones, todas las políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, ello acorde a los principios rectores contemplados en la Ley Nº 30364 (LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR), su Reglamento y sus modificaciones.

  2. En esa línea, los operadores del servicio judicial deben garantizar el acceso efectivo a la justicia; así como, brindar una adecuada atención al ciudadano que se apersona a este Poder del Estado esperando que su caso sea resuelto en plazos razonables y con una atención de calidad.

  3. En ese ámbito, mediante la resolución administrativa del antecedente se conformó el Equipo de trabajo para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) – ISO 9001:2015, en el Módulo Judicial Integrado de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; aprobándose el Cronograma de actividades respectivo para su implementación.

  4. Así, la implementación del SGC en esta área tiene como objetivo establecer los lineamientos generales para un trámite célere con actos controlados en el otorgamiento de medidas de protección y cautelares en los casos de violencia en el marco de la Ley citada.

  5. En ese sentido, en una primera fase, el ámbito de aplicación del SGC comprenderá la etapa de trámite del proceso judicial, esto es, desde la recepción de la denuncia en el Módulo hasta la emisión de medidas de protección en los Juzgados respectivos y la remisión a la Policía Nacional para su ejecución.

  6. Ahora bien, considerando que el avance de la implementación del Sistema, implicó la construcción de procedimientos propios de un SGC, y conforme al cronograma de actividades aprobado, resulta necesario que la Presidencia de Corte Superior, apruebe la documentación producida; asimismo, apruebe la Política de la Calidad institucional, por ser un documento fundamental, pues en ella se ven reflejados el propósito y los objetivos de la...

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