ORDENANZA, N° 424-MDSJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - Aprueban beneficio de pronto pago de arbitrios municipales para el Ejercicio Fiscal 2020 en el distrito-ORDENANZA-N° 424-MDSJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2020

Aprueban beneficio de pronto pago de arbitrios municipales para el Ejercicio Fiscal 2020 en el distrito

ORDENANZA Nº 424-MDSJM

San Juan de Miraflores, 31 de enero de 2020

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE

MIRAFLORES

VISTOS: El Informe Nº 007-2020-MDSJM/GAT-SGRT de la Subgerencia de Recaudación de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum Nº 008-2020-GAT-MSJM de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum Nº 041-2020-GPP/GM/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 022-2020-GAJ/MDSJM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 085-2020-GM-MDSJM de la Gerencia Municipal.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en artículo 194 de la Constitución Política modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional y en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que en el artículo 74 de la Constitución Política y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, señalan que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los mismos límites que señala la Ley.

Que, la Norma II del Código Tributario indica que el termino genérico tributo, comprende, entre otros, a las tasas, que son el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva del Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; asimismo, conforme la mencionada norma la tasa...

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