RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 474-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen disposiciones aplicables en caso de discordia, impedimento, licencias o vacaciones, de uno de los Jueces Superiores de las Salas de Apelaciones Transitorias Especializadas en Extinción de Dominio de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad; y con sede en Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 474-2019-CE-PJ

Fecha de disposición31 Diciembre 2019
Fecha de publicación31 Diciembre 2019
SecciónSección Única

Establecen disposiciones aplicables en caso de discordia, impedimento, licencias o vacaciones, de uno de los Jueces Superiores de las Salas de Apelaciones Transitorias Especializadas en Extinción de Dominio de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad; y con sede en Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 474-2019-CE-PJ

Lima, 4 de diciembre de 2019

VISTO:

El Oficio N° 051-2019-SATEED/PJ, cursado por la Magistrada Coordinadora Nacional del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 122-2019-CE-PJ se constituyó el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima, en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1373; además, se dispuso la creación de los órganos jurisdiccionales que conformarán el referido Sub Sistema; entre otras medidas administrativas.

Segundo. Que, la Magistrada Coordinadora Nacional del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio propone a este Órgano de Gobierno que en caso de impedimento de Jueces Superiores de las Salas de Apelaciones Transitorias Especializadas en Extinción de Dominio de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad; y con sede en Lima, se llame al Juez Superior menos antiguo de las Salas Penales de Apelaciones de la jurisdicción en donde funcionan los referidos órganos jurisdiccionales.

Tercero. Que, si bien el artículo 145° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece las reglas para el llamamiento de jueces en los casos de discordia o impedimento de uno o más jueces, es menester señalar que el ordenamiento legal establece las competencias de los órganos especializados en extinción de dominio, para el conocimiento de los procesos que se encuentren con bienes sujetos a indagación, constituyendo la extinción de...

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