RESOLUCION, N° 006-2020-SUNASS-CD, PROYECTOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Proyecto de resolución que establece fórmula tarifaria y otros aspectos de gestión de EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2020 - 2025-RESOLUCION-N° 006-2020-SUNASS-CD

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Fecha de la disposición31 de Enero de 2020

Lima, 31 de enero de 2020

VISTO:

El Memorándum N° 170-2019-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2020-2025 de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS GRAU S.A.1 (en adelante, EPS GRAU) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS GRAU.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 009-2016-SUNASS-GRT se admitió a trámite la solicitud de EPS GRAU para la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios.

Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 033-2018-SUNASS-CD se aprobó el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU en el quinquenio regulatorio 2019-2024 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios.

Que, con fecha 28 de setiembre de 2018 se llevó a cabo la audiencia pública a fin de exponer el proyecto a que se refiere el considerando anterior.

Que, sin embargo, con posterioridad a la referida audiencia, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) emitió las Resoluciones Directorales Nos 117-2018-OTASS/DE2 y N° 074-2019-OTASS/DE3 mediante las cuales autorizó la transferencia de S/ 4 725,754.00 y S/ 3 250,897.15 respectivamente, a favor de EPS GRAU, con la finalidad de que se ejecuten las acciones correspondientes a la aplicación de los incentivos para la mejora de la gestión en la prestación de los servicios de saneamiento en la localidad de Sechura, en el marco del proceso de integración de la referida localidad al ámbito de responsabilidad de la mencionada empresa.

Que, con motivo de las transferencias mencionadas en el considerando anterior, EPS GRAU y OTASS celebraron el Convenio N° 44-2018-OTASS-EPS GRAU S.A.4, por el cual la referida empresa se comprometió con OTASS a ejecutar acciones relacionadas al proceso de integración de la localidad de Sechura a su ámbito de responsabilidad.

Que, en el marco del referido proceso de integración, la Municipalidad Provincial de Sechura y EPS GRAU celebraron el Contrato de Explotación5 correspondiente, por el cual la referida municipalidad le otorgó el derecho de explotación total de dicha localidad.

Que, adicionalmente, mediante Oficios Nros. 1477-2019-EPS GRAU S.A.-340.20-340-1006 y 187-2019-EPS GRAU S.A.-30-3707, EPS GRAU solicitó la inclusión de diversos proyectos de inversión en el cálculo de la tarifa para el próximo quinquenio regulatorio, alcanzando para ello las correspondientes fichas de inversión.

Que, las transferencias realizadas por el OTASS en el marco del proceso de integración de la localidad de Sechura al ámbito de responsabilidad de EPS GRAU generarán nuevos proyectos de inversión y metas asociadas a la prestación del servicio por parte dicha empresa en la referida localidad.

Que, asimismo, la incorporación de nuevos proyectos solicitada por EPS GRAU produce variaciones en el proyecto de fórmula tarifaria, metas de gestión y fondos y reservas de la mencionada empresa.

Que, teniendo en cuenta el principio de transparencia a que se refiere el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS8, corresponde dar a conocer el nuevo proyecto de estudio tarifario y, de este modo, viabilizar la presentación de comentarios por parte los interesados.

Que, por tanto, es necesario convocar a una nueva audiencia pública a fin de presentar la nueva propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS GRAU.

Que, conforme con lo establecido en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas9, corresponde: i) publicar en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS, el nuevo proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) convocar a una nueva audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto.

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 27 de diciembre de 2019.

HA RESUELTO:

Artículo 1°

Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del nuevo proyecto de resolución que establecería i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2020-2025 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios y su exposición de motivos.

Artículo 2°

Disponer la publicación en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del nuevo proyecto a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicados por EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2020-2025 y la notificación de lo antes mencionado a la referida empresa.

Artículo 4° Convocar a una nueva audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 5° Encárguese a la Dirección de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 6° Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución a la sede de la SUNASS, ubicada en Av

Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, Lima, o al correo electrónico audienciaepsgrau@sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVÁN LUCICH LARRAURI

Presidente Ejecutivo

1 Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima.

2 De fecha 21 de diciembre de 2018.

3 De fecha 18 de octubre de 2019.

4 De fecha 21 de diciembre de 2018.

5 Suscrito el 22 de febrero de 2019.

6 Recibido por la Sunass el 2 de setiembre de 2019.

7 Recibido por la Sunass el 18 de octubre de 2019.

8 Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM.

9 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

Lima,

VISTO:

El Memorándum N° (…)-2020-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria, que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2020-2025; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS GRAU S.A.1 (en adelante EPS GRAU) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 009-2016-SUNASS-GRT se admitió a trámite la solicitud de EPS GRAU para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que brinda a sus usuarios.

Que, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el (…) de (…) de 2020.

Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo N° (…) del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura...

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