ACUERDO, Nº 04-2020-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Establecen montos de ingreso mensual del alcalde y de dietas de regidores-ACUERDO-Nº 04-2020-MVMT

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA MARAA DEL TRIUNFO
Fecha de la disposición26 de Enero de 2020

Establecen montos de ingreso mensual del alcalde y de dietas de regidores

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 04 - 2020-MVMT

Villa María del Triunfo, 15 de enero de 2020

EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO: El Informe N° 009-2020-SGGRH-GAF/MVMT de la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 012-2020-SGP-GPPPMI/MDVMT de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe N° 10-2020-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la Remuneración del Alcalde y Dietas de los Regidores para el Ejercicio 2020; y

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del Artículo 12° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que las fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad”;

Que, asimismo el Artículo 21° de la Ley Nº 27972, señala que: “El alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que la fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad”. Agregando que: “El monto mensual de la remuneración del alcalde es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; la misma que anualmente podrá ser incrementada con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y económicas propias de su remuneración”;

Que, la Ley N° 28212 - Ley que Regula Los Ingresos de Los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, señala en su Artículo 4°- Régimen de remuneraciones, literal e) Los Alcaldes provinciales y distritales reciben...

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