RESOLUCION MINISTERIAL, N° 0083-2020 DE/SG, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Disponen pago de pasajes aéreos y terrestres, gastos de traslado y otros gastos a favor de oficiales de la Marina de Guerra del Perú por servicios en el extranjero-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 0083-2020 DE/SG

Fecha de publicación25 Enero 2020
Fecha de disposición22 Enero 2020

Lima, 22 de enero de 2020

VISTO: el Oficio Nº 0134/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 9 de enero del 2020;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Suprema Nº 165-2016 DE/MGP de fecha 10 de junio del 2016, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del entonces Cadete de Primer Año Gonzalo HERNÁNDEZ Carmona, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes en la Academia Naval de los Estados Unidos (Annapolis), Estado de Maryland, Estados Unidos de América, del 20 de junio del 2016 al 30 de mayo del 2020; así como, se autorizó su salida del país el 19 de junio del 2016; habiéndose considerado el pago por concepto de pasaje aéreo y gasto por desplazamiento de ida, el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a una (1) compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y el pago por concepto compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero;

Que, con Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0789-2019 COMGEMAR de fecha 30 de diciembre del 2019, se expidió el despacho en el grado militar de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, entre otros, al Cadete de Cuarto Año Gonzalo HERNÁNDEZ Carmona, con fecha 1 de enero del 2020;

Que, el Artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, establece que los cadetes de las escuelas de formación o alumnos de las escuelas técnicas que continúen sus estudios en el extranjero, cuando los de su promoción en el Perú, a la cual originalmente pertenecen, obtengan su graduación percibirán la compensación económica correspondiente al Grupo III, establecida en el Anexo “B”, del presente reglamento;

Que, en este contexto, corresponde disponer el pago por concepto de pasajes de retorno, gastos de traslado de retorno, equivalente a una (1) compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y el pago por concepto de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, durante el período del 1 de enero al 30 de mayo del 2020, a favor del Alférez de Fragata Gonzalo HERNÁNDEZ Carmona, al encontrarse comprendido dentro de los alcances del citado reglamento;

Que, de acuerdo...

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