DECRETO DE URGENCIA, N° 009-2020, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia y atención de las poblaciones vulnerables-DECRETO DE URGENCIA-N° 009-2020

EmisorDECRETOS DE URGENCIA
Fecha de la disposición10 de Enero de 2020

Decreto de Urgencia

nº 009-2020

Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia y atención de las poblaciones vulnerables

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política del Perú, durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo legisla mediante Decretos de Urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso de la República, una vez que éste se instale;

Que, mediante Decreto Supremo N° 165-2019-PCM, Decreto Supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo Congreso, se revocó el mandato parlamentario de los congresistas, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente;

Que, el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia, establece que las Sociedades de Beneficencia tienen por finalidad prestar servicios de protección social de interés público en su ámbito local provincial, a las niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y personas adultas mayores que se encuentren en situación de riesgo o vulnerabilidad, de manera complementaria a los servicios que presta el Estado, bajo los enfoques de derechos, género, intercultural e intergeneracional;

Que, con la finalidad de garantizar servicios adecuados a la población en condición de vulnerabilidad en el ámbito donde funcionan las sociedades de beneficencia resulta necesario realizar modificaciones para la mejora en su gestión, ajustando los requisitos para la designación de miembros de Directorio de las Sociedades de Beneficencia, lo que permitirá que todas cuenten con la totalidad de sus integrantes, así como precisiones en el régimen disciplinario que corresponde al Gerente General;

Que, en relación a los juegos de loterías y similares, cuya organización está a cargo de las sociedades de beneficencia, resulta indispensable establecer que la Dirección de Beneficencias de la Dirección General de la Familia y la Comunidad cuente con potestad fiscalizadora y sancionadora a los operadores de Juegos de Loterías y similares, en el...

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