SEPARATA ESPECIAL.Acuerdo Nº 367 y Ordenanza Nº 274-2019/MDP.Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 y su distribución a domicilio. -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2020

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

ORDENANZA Nº 274-2019/MDP

Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 y su distribución a domicilio

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO Nº 367

separata especial

Martes 7 de enero de 2020

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 367

Lima, 20 de diciembre de 2019.

EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA;

POR CUANTO;

El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009624 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria–SAT, mediante el cual remite el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 274-2019/MDP que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2020, en el distrito de Pucusana; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000958, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional;

Que, el monto por concepto de emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales exigible a los contribuyentes asciende a S/ 5.30, el cual ha sido determinado de acuerdo al costo efectivo de la prestación del servicio;

Que, por otra parte es oportuno mencionar que mediante Acuerdo de Concejo Nº 331 de fecha 13 de diciembre de 2019, se concedió licencia al Titular de la Entidad, del 20 al 25 de diciembre de 2019, encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo durante el período indicado, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley Nº 27972;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 166-2019-MML/CMAEO, y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

ARTÍCULO PRIMERO Ratificar la Ordenanza Nº 274-2019/MDP que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2020, en el distrito de Pucusana.
ARTÍCULO SEGUNDO El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente

La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.

ARTÍCULO TERCERO Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT.
ARTÍCULO CUARTO Disponer la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MIGUEL ROMERO SOTELO

Teniente Alcalde

Encargado del Despacho de la Alcaldía

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 274-2019/MDP

Pucusana, 28 de Noviembre del 2019.

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUCUSANA

VISTO:

El Informe Nº 137-2019-GRAT/MDP de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, el Informe Nº 647-2019-GAJ/MDP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 644-2019-GM/MDP de la Gerencia Municipal, relacionados con el proyecto de MODIFICACIÓN DE ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, señala en su Artículo 194º, la autonomía política, económica y administrativa de las municipalidades distritales en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972;

Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; asimismo, el literal b) del Artículo 60º del TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que “Para la supresión de tasas o contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal”.

Que, por Ordenanza Nº 2085 que sustituye la Ordenanza 1533-MML publicada el 05 de Abril del 2018, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la provincia de Lima. Asimismo, dicho marco normativo regula la solicitud de ratificación de ordenanzas que prorrogan o reajustan los montos de arbitrios de ejercicios anteriores, estableciendo los requisitos y el procedimiento a seguir;

Que, Mediante Ordenanza Nº272-2019 se aprobó la ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO, fijando el monto de S/5.30 soles, el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Predial (HLP), Hoja de Liquidación de Arbitrios (HLA), Hoja de Actualización de Datos y distribución domiciliaria de la cuponera de pagos correspondiente al ejercicio 2020. Y S/ 1.60 soles, por cada predio adicional, el mismo que comprende un formato de PU y HLA.

Que, mediante Informe Nº 137-2019-GRyAT/MDP, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal el proyecto de modificación de la ordenanza Nº 272-2019/MDP del 29 de Octubre del 2019, ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales 2020 y su distribución a domicilio, el mismo que se encuentra sustentado en sustentado en el Informe Técnico Financiero, y de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza 2085-MML. Asimismo, se adjunta el Informe Técnico, el Cuadro de Tasas para el ejercicio 2020;

Que, dicha modificación se origina en las observaciones efectuadas por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), en el marco de lo establecido por la Ordenanza 2085, notificadas mediante Requerimiento Nº 266-078-00000294 de fecha 19 de Noviembre de 2019.

Que, mediante Informe Nº 647-2019-GAJ/MDP, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha opinado en el sentido de que se remita al Concejo Municipal el proyecto de Ordenanza, a fin que se proceda con su aprobación y que, una vez aprobada se disponga realizar las acciones pertinentes a fin de que se ratifique la ordenanza por el Concejo Metropolitano de Lima y que finalmente una vez que se obtenga la copia certificada del Acuerdo de Concejo Metropolitano, se disponga la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” a fin de que la citada ordenanza entre en vigencia desde el 1º de enero de 2020;

Que, mediante Memorando Nº 644-2019-GM/MDP, la Gerencia Municipal remite el proyecto de Modificación de Ordenanza con los informes emitidos para que se eleve a sesión de concejo el proyecto antes mencionado para su aprobación...

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