RESOLUCION, N° 0591-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que dispuso la exclusión de candidato para el Congreso de la República por el distrito electoral de Lima-RESOLUCION-N° 0591-2019-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2019 |
Expediente N.° ECE.2020004867
LIMA
JEE LIMA CENTRO 1 (ECE.2020003516)
ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS
2020
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal de la organización política Perú Patria Segura, en contra de la Resolución N.° 01268-2019-JEE-LIC1/JNE, del 18 de diciembre de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que dispuso la exclusión de Sixtilio Máximo Dalmau León Velarde, candidato de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 18 de noviembre de 2019, el personero legal de la organización política Perú Patria Segura presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de lista de candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, correspondiente al distrito electoral de Lima.
Mediante la Resolución N.° 00308-2019-JEE-LIC1/JNE, del 26 de noviembre de 2019, el JEE admitió la lista de candidatos presentada por la referida organización política, en la cual figura Sixtilio Máximo Dalmau León Velarde como candidato para el Congreso de la República.
El 11 de diciembre de 2019, el área de Fiscalización de Hoja de Vida del JEE presentó el Informe N.° 049-2019-VACR-FHV-JEE-LIMA CENTRO 1/JNE, en el cual se indicó que el candidato Sixtilio Máximo Dalmau León Velarde, en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, DJHV), no consignó información en el Rubro VI (Relación de sentencias).
Por medio de la Resolución N.° 01106-2019-JEE-LIC1/JNE, del 15 de diciembre de 2019, se corrió traslado al personero legal de la organización política Perú Patria Segura, a fin de que realice sus descargos. Así las cosas, con fecha 16 de diciembre de 2019, el personero legal de la referida organización política presentó su descargo, adjuntando copia de los diversos escritos presentados por el candidato ante el Poder Judicial a fin de anular, provisionalmente, los antecedentes penales, así como solicitar su rehabilitación.
A través de la Resolución N.° 01268-2019-JEE-LIC1/JNE, de fecha 18 de diciembre de 2019, el JEE resolvió excluir a Sixtilio Máximo Dalmau León Velarde, en razón de que el candidato, en el Rubro VI- Relación de Sentencias, consignó “no” tener información por declarar. Sin embargo, de la revisión de la misma documentación enviada por la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Oficio N.°...
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