RESOLUCION, N° 0564-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que dispuso excluir a candidato para el Congreso de la República por el distrito electoral de Loreto-RESOLUCION-N° 0564-2019-JNE

Fecha de disposición29 Diciembre 2019
Fecha de publicación29 Diciembre 2019
SecciónSección Única

Expediente N° ECE.2020004609

LORETO

JEE MAYNAS (ECE.2020002313)

ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS

2020

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por David Elemir Angulo Mora, personero legal titular de la organización política Unión por el Perú, en contra de la Resolución N.° 00180-2019-JEE-MAYN/JNE, del 17 de diciembre de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, que dispuso excluir a Christian Ruiz Ríos, candidato de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de Loreto, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N.° 00032-2019-JEE-MAYN/JNE, del 18 de noviembre de 2019, el Jurado Electoral Especial de Maynas (en adelante, JEE) admitió la lista de candidatos de la organización política Unión por el Perú, por el distrito electoral de Loreto, para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Dicha lista incluyó al candidato Christian Ruiz Ríos.

Con el Informe N° 017-2019-ELHH-FHV-JEE-MAYNAS/JNE, de fecha 25 de noviembre de 2019, el fiscalizador de Hoja de Vida puso en conocimiento del JEE que el candidato Christian Ruiz Ríos omitió consignar en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, DJHV) un bien mueble con Placa N° L41290, inscrito en las Partida N° 60570772. En ese sentido, a través de la Resolución N.° 00127-2019-JEE-MAYN/JNE, del 7 de diciembre de 2019, el JEE corrió traslado del citado informe a la referida organización política a fin de que presente los descargos pertinentes.

Con fecha 14 de diciembre de 2019, la organización política presentó sus descargos señalando que, si bien el precitado bien mueble figura en la Sunarp a nombre del candidato, actualmente, este no ostenta su propiedad, dado que se encuentra en estado de desuso por deterioro, precisando que no se han realizado los trámites para dar de baja en la Sunarp. Al respecto, adjunta una declaración jurada del candidato con firma legalizada ante notario público de Maynas, de fecha 14 de diciembre de 2019.

El 17 de diciembre de 2019, mediante la Resolución N° 00180-2019-JEE-MAYN/JNE, el JEE dispuso la exclusión del candidato Christian Ruiz Ríos, por haber omitido declarar en su DJHV un bien mueble inscrito en la Partida Registral N° 60570772, incurriendo así en la causal de exclusión establecida en el numeral 38.1 del artículo 38 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, aprobado mediante la Resolución N° 0156-2019-JNE (en adelante, Reglamento).

El 21 de diciembre de 2019, el personero legal de la referida organización política interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 00180-2019-JEE-MAYN/JNE, alegando lo siguiente:

  1. El bien mueble por el que se excluye al candidato es una chatarra que está en desuso y fuera de circulación, conforme su declaración jurada con firma legalizada ante notario público, presentada...

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